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Antecedentes

El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (“Acuerdo de Escazú”), fue adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018 y entró en vigor el 22 de abril de 2021.

Tiene su origen en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Río de Janeiro (Brasil) del 20 al 22 de junio de 2012, cuando diez Gobiernos de América Latina y el Caribe impulsaron la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, en la que reafirmaban el compromiso con los derechos de acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales, manifestaban su voluntad de avanzar hacia un instrumento regional que promoviera su cabal aplicación y solicitaban el apoyo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) para que actuara como Secretaría Técnica.

Durante el período comprendido entre 2012 y 2014, se llevaron a cabo cuatro Reuniones de los Puntos Focales Designados por los Gobiernos de los Países Signatarios de la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en América Latina y el Caribe: la primera en Santiago, los días 6 y 7 de noviembre de 2012; la segunda en Guadalajara (México), los días 16 y 17 de abril de 2013; la tercera en Lima, los días 30 y 31 de octubre de 2013, y la cuarta en Santiago, del 4 al 6 de noviembre de 2014.

En la Cuarta Reunión de los Puntos Focales, los países signatarios aprobaron la Decisión de Santiago, mediante la cual dieron inicio a la negociación del instrumento regional sobre el acceso a la información, la participación y la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe. Para ello se creó un Comité de Negociación, con la significativa participación del público; se constituyó una Mesa Directiva, integrada por Chile y Costa Rica como Copresidentes, y la Argentina, México, el Perú, San Vicente y las Granadinas, y Trinidad y Tabago como Vicepresidentes, y se solicitó a la CEPAL que elaborara un documento preliminar del instrumento regional. Se encargó además a la Mesa Directiva que, con el apoyo de la CEPAL en su calidad de Secretaría Técnica, liderara el proceso.

El Comité de Negociación se reunió en nueve ocasiones, finalizando con la adopción del texto del Acuerdo de Escazú. La Primera Reunión se realizó en la sede de la CEPAL, en Santiago, del 5 al 7 de mayo de 2015; la Segunda Reunión se celebró en la ciudad de Panamá del 27 al 29 de octubre de 2015; la Tercera Reunión tuvo lugar en Montevideo del 5 al 8 de abril de 2016; la Cuarta Reunión, se realizó en Santo Domingo del 9 al 12 de agosto de 2016; la Quinta Reunión se celebró en la sede de la CEPAL, en Santiago, del 21 al 25 de noviembre de 2016; la Sexta Reunión tuvo lugar en Brasilia del 20 al 24 de marzo de 2017; la Séptima Reunión se realizó en Buenos Aires del 31 de julio al 4 de agosto de 2017; la Octava Reunión se celebró en la sede de la CEPAL, en Santiago, del 27 de noviembre al 1 de diciembre de 2017; y la Novena Reunión tuvo lugar en Escazú, Costa Rica, del 28 de febrero al 4 de marzo de 2018.

En el Acta Final de la Novena Reunión se estableció que, entre la adopción y la entrada en vigor, la Mesa Directiva debía continuar liderando y conduciendo los trabajos necesarios, contando con los países signatarios, la significativa participación del público y el apoyo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe como Secretaría Técnica, y se aplicarían mutatis mutandis de las Modalidades de participación del público en el Comité de Negociación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (LC/L.4163) hasta la primera Conferencia de las Partes. Además, se invitó a todos los Estados de América Latina y el Caribe a que firmen el Acuerdo de conformidad con su artículo 21 y a que lo ratifiquen, acepten o aprueben, o se adhieran al mismo, según proceda, tan pronto como sea posible.

Para dar continuidad a los trabajos, se realizaron dos reuniones de los países signatarios del Acuerdo de Escazú. La primera reunión tuvo lugar los días 11 y 12 de octubre de 2019 en San José. La segunda reunión se organizó de manera virtual los días 9 y 10 de diciembre de 2020 bajo los auspicios de Antigua y Barbuda.

A su vez, con el fin de avanzar en la discusión de los temas que serán objeto de la primera reunión de la Conferencia de las Partes, se organizó una reunión virtual preparatoria el 4 de marzo de 2022 (preCOP1).

El Acuerdo estuvo abierto a la firma entre el 27 de septiembre de 2018 y el 26 de septiembre de 2020 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Los 24 países que lo firmaron podrán proceder a depositar sus instrumentos de ratificación en cualquier momento. Aquellos países que no lo han firmado dentro del plazo estipulado pueden hacerse Parte mediante la adhesión (procedimiento de paso único sin necesidad de firma). Los instrumentos de adhesión tienen los mismos requisitos y efectos jurídicos que la ratificación.

La primera reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú se realizará los días 20 a 22 de abril de 2022 en la Sede de la CEPAL en Santiago. En la misma se discutirán, entre otros: (i) las reglas de procedimiento de la Conferencia de las Partes, incluyendo las modalidades para la participación significativa del público (artículo 15.4a); (ii) las disposiciones financieras que sean necesarias para el funcionamiento e implementación del Acuerdo (artículo 15.4b); y (iii) reglas de composición y funcionamiento del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento (artículo 18.1). Asimismo, se discutirán estrategias para una efectiva implementación del Acuerdo y se celebrará el aniversario de su entrada en vigor y el día internacional de la Madre Tierra.

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